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Sepa cuándo sí y cuándo no hay que dejar constancia de un choque

  • Noticias
  • 5 septiembre, 2016

En el caso de accidentes o choques con lesionados, la ley continúa obligando a los involucrados a informar lo ocurrido ante la autoridad policial.

En la ley corta antidelincuencia, publicada el 5 de julio, se introdujo una modificación a la Ley de Tránsito (18.290) respecto del procedimiento para hacer uso del seguro automotriz en caso de accidente.

Esta consiste en que, en vez de la denuncia policial, el asegurado solo requerirá informar del accidente «mediante una declaración jurada simple ante la compañía aseguradora, y no se requerirá de otros actos o documentos expedidos por la autoridad policial’ para ‘hacer efectivos los seguros de daños a terceros o propios».

La nueva disposición está contemplada en el inciso cuarto del artículo 168 de la ley. El abogado Werner Kandora, profesor de derecho de la U. de Las Américas, explica que «la idea de fondo de la ley de agenda corta antidelincuencia es liberar a Carabineros de estos asuntos administrativos para que se dediquen a controlar a los delincuentes».

No obstante, la modificación rige solo «para determinados accidentes, pues no se ha modificado la ley en el sentido de la responsabilidad del conductor. En todo accidente de tránsito en que se produzcan daños, este está obligado a dar cuenta a la autoridad policial más próxima, como lo dice el artículo 168, y si no cumple con ello se presumirá que es responsable, como lo establece el artículo 176″, afirma Leopoldo Briceño, Presidente del Colegio de Corredores de Seguros de Chile.

Solo con declaración jurada Jorge Claude, Vicepresidente Ejecutivo de la Asociación de Aseguradores de Chile, detalla la modificación legal para los vehículos que tienen seguro automotriz. Esta señala que «en caso de daños a un vehículo, sean producidos por accidentes de tránsito o por un incidente cualquiera, para hacer efectivos los seguros ahora los usuarios disponen de un formato de declaración jurada, que se les hará llegar vía electrónica o físicamente, según sea el caso. No es necesario que se haga ante notario».

Por lo anterior, y solo para los efectos del seguro y siempre que no haya heridos, usted no debe dejar constancia policial si: -Choca la reja de su casa cuando va saliendo o entrando con el auto. -Choca contra un árbol o un poste y solo se daña el vehículo. -Tiene una colisión por alcance con otro auto. -Le rompen los vidrios para robarle en el interior del auto. -Un bus lo pasa a llevar y le produce daños al auto. -El afectado recibe la declaración jurada por correo electrónico después de informar por teléfono a la compañía de seguros del accidente. Una vez que la firma, la escanea y la envía por el mismo medio digital. Allí la aseguradora designa un liquidador para que el auto ingrese al taller a reparación. Reemplazar la constancia policial por esta declaración permite agilizar y facilitar el trabajo de Carabineros’, dice el profesor Kandora.

Constancia en Carabineros

Este trámite sigue siendo obligatorio ‘en caso de accidente con heridos o con daños graves. Esto no se ha modificado y su incumplimiento puede significa que se le aplique una multa y dejarlo sin licencia durante un mes (artículo 195 de la Ley de Tránsito)’, afirma el profesor Werner Kandora, de la U. de Las Américas. Por eso, el trámite se debe continuar haciendo en Carabineros en los siguientes casos: -Choque donde resulten personas heridas que deben ser derivadas por carabineros o bomberos a un centro asistencial para constatar lesiones. -Robo del vehículo. -Accidentes sin lesionados de consideración donde los autos hayan quedado con mucho daño. Para hacer la constancia policial, el afectado debe solicitarla «como accidente de tránsito y no para efectos del seguro», agrega Leopoldo Briceño. Por ello, el Colegio de Corredores de Seguros instruyó a sus socios que les recuerden a los asegurados que hagan el trámite en Carabineros «en todos aquellos casos en que existan terceros involucrados’, con el fin de ‘prevenir repercusiones legales y penales». Fuente: Las Últimas Noticias – Danny Aulestia M.

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