ANTICIPO PAGO RENTAS VITALICIAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Como industria aseguradora queremos informar respecto al proceso de anticipo de Rentas Vitalicias, para que los pensionados bajo este sistema puedan tomar una buena decisión, considerando las implicancias que este retiro tendrá en la disminución de su futura pensión.

1. ¿Desde cuándo puedo solicitar el anticipo?

A contar del lunes 3 de mayo de 2021 y hasta el 28 de abril de 2022.

2. ¿Quiénes pueden solicitar el anticipo de su pensión?

Todos los pensionados de renta vitalicia o sus beneficiarios, que están recibiendo un pago mensual de pensión de la compañía de seguros, podrán solicitar el anticipo.

3. ¿Dónde pido mi anticipo?

Recomendamos ingresar al sitio web de su compañía de seguros, donde encontrará indicaciones para acceder al formulario para realizar la solicitud de anticipo.

El acceso desde la página web de las compañías estará disponible desde las 9:00 horas del lunes 3 de mayo.

4. ¿Qué antecedentes deberé entregar?

En el formulario de solicitud se le requerirá la siguiente información: nombre completo, número de cédula de identidad y serie o número de documento, domicilio completo, teléfono y correo electrónico.

5. ¿Cómo se hará el pago?

En la misma solicitud se le informará que el anticipo se pagará por la misma vía que regularmente se le paga la pensión.

6. ¿Qué hago si no conozco el nombre de la compañía a cargo de mi pensión?

Comunicarse con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), al sitio aquí, en la opción “Conoce tu Seguro”.

7. ¿Qué monto se podrá solicitar?

Las compañías serán las encargadas de informar a cada pensionado que solicite su anticipo, las opciones de porcentajes de retiro y la reducción de pensión asociada a cada alternativa.

Usted podrá optar por anticipar entre un 1% y un 10% de la reserva técnica que tiene la compañía, con un tope de UF150. Para cada opción, usted podrá conocer la reducción permanente que tendrá el anticipo en el monto de su futura pensión.

8. ¿Habrá algún costo extra en el anticipo? (Impuesto, comisión u otro)

El anticipo no está afecto a ningún costo, impuesto, ni comisión.

9. ¿Cómo se hará el pago?

El anticipo se entregará preferentemente vía transferencia electrónica a la cuenta bancaria donde regularmente se deposita la pensión, o a través del mecanismo habitual de pago.

10. ¿En cuánto tiempo se podrá disponer del anticipo?

El pago debe realizarse en un máximo de 30 días corridos desde el momento en que el pensionado hizo la solicitud.

11. ¿Qué pasa en el caso de los herederos?

En el caso de Rentas Vitalicias los únicos que pueden solicitar el anticipo son los pensionados o sus beneficiarios que estén recibiendo un pago.

12. ¿En cuánto bajará mi jubilación?

Las compañías tendrán que estimar el monto máximo a retirar por los pensionados considerando la reserva técnica que la compañía mantiene para pagar su renta vitalicia. Tal como se ha informado previamente, el retiro reducirá de manera permanente el monto mensual de las futuras rentas vitalicias.

Es decir, el nuevo monto de pensión se calculará aplicando el porcentaje de retiro a la pensión vigente definida en la póliza. De esta manera, si el retiro es de un 10% de la reserva de la compañía, la pensión bajará permanentemente en un 10%.

13. ¿Qué pasa si no quiero pedir el anticipo?

En caso de no solicitar un anticipo, el monto de pensión se mantendrá inalterable.

14. ¿Hay personas que no puedan acceder en forma inmediata al anticipo?

Aquellas personas que figuren como deudores de pensión de alimentos, deberán atenerse a lo que disponga el Tribunal de Familia para efectos de acceder al anticipo.